¿Hasta qué hora podrán abrir los bares de Huelva con la aprobación de la nueva ordenanza de veladores ya en vigor?

Una de las claves serán los horarios. Conoce la hora tope que tienen aquellos bares y restaurantes sin música ni elementos audiovisuales para cerrar sus terrazas entre junio y septiembre

Los bares de Huelva tienen hasta diciembre para acogerse a la nueva ordenanza de veladores si no quieren ser sancionados

Todos los cambios que traerá la nueva ordenanza de veladores de Huelva: Horarios, aforos, toldos o sillas
Ambiente en una terraza de Huelva. / Daniel Sánchez / Vicente Bautista

Ya está en vigor la nueva ordenanza de veladores que regula al sector del ocio y la hostelería de Huelva. Aunque los empresarios tendrán hasta el mes de diciembre de margen para ir ajustando todo el papeleo conforme al reglamento aprobado por el Ayuntamiento, dicha normativa ya es efectiva y los establecimientos deberán ir acogiéndose a ella, conforme explicaba ayer el primer teniente alcalde de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Huelva, Felipe Arias

Con la nueva ordenanza se ordena el espacio (las condiciones mínimas, como las distancias y medidas de seguridad para no impedir la accesibilidad y la movilidad de las personas). "Se controlará el aforo, según las dimensiones del local y se protegerá la emisión de ruido, estableciendo la incompatibilidad de que haya música al mismo tiempo que se está consumiendo en la terraza", explicó Arias.

Una de las claves serán los horarios, de manera que aquellos bares y restaurantes sin música ni elementos audiovisuales tienen como hora tope hasta las 1:00 para cerrar sus terrazas entre junio y septiembre, mientras que en el resto del año no se sobrepasará la medianoche. Por su parte, los establecimientos con música o equipos de amplificación podrán acogerse a los mismos horarios, pero solo si mantienen estos equipos apagados durante todo el tiempo que ocupen la vía pública.

El horario de cierre se amplía una hora más, hasta las 2:00, en dos casos; por un lado, en las zonas no residenciales y, por otro, en fechas señaladas como Navidades, Semana Santa, Fiestas Colombinas, fiestas patronales, viernes, sábados y vísperas de festivo. Eso sí, en cualquier caso, la venta de comida y bebida deberá cesar media hora antes del cierre, y las terrazas deberán estar completamente recogidas y desalojadas en ese plazo.

También se contemplan otros condicionantes como que los establecimientos tienen luego que recoger el mobiliario, para que no se quede fuera, "incluso, también es algo que beneficia a la hostelería, la estética y el diseño de ese mobiliario para que eso le dé mayor prestancia y calidad al servicio".

Consulta aquí todos los cambios que trae la nueva normativa de veladores de Huelva.

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